martes, 3 de julio de 2018

AGENDA DE TRABAJO para la discriminación sexual positiva



-Hola guapa.
-Hola gilipollas.


Utilicé este texto para justificar la propuesta de la discriminación sexual positiva como marco desde el que proponer tanto una ética como una normativa legal de las relaciones heterosexuales.

Empleé este otro para establecer un primer ejemplo. En él se trataba el problema de “ligar” desde dicho marco, y se esbozaba una primera propuesta concreta.

Este que presento ahora da la moción por aprobada y pretende ser un esquema general de trabajo; una primera ocurrencia sobre lo que esta tarea abarca y sobre cómo debe afrontarse. Parto de la idea de que la puesta en práctica de todo esto requiere de abundantes tentativas y puntos de vista, y de que lo que yo pueda decir aquí estará plagado de ocurrencias desechables. Pero el objetivo es, como digo, dar el primer paso.

En primer lugar propondré algunas nociones generales sobre la implementación de la discriminación sexual positiva. Aunque en mi opinión esta no debe ser solo una nueva norma de conducta en las relaciones heterosexuales, sino que debe ser recogida por la legislación como ya lo son otras discriminaciones positivas de género, me centraré en el código de conducta social.

1-Entendemos que la discriminación sexual positiva implica un cambio de paradigma que abandona la idea de la norma igualitaria y la sustituye por una norma compensatoria de la desigualdad. Así, las medidas deberán tener la forma de dos, y no uno, códigos de conducta: uno para mujeres y otro para hombres.

Esto deja abierta la pregunta sobre cómo se aplica en la comunidad LGTBI. La respuesta que propongo es que debemos apoyarnos en la idea de que los distintos colectivos de esta comunidad disfrutan de distintos niveles de privilegios y desfavorecimientos patriarcales en función del lugar en el que la sociedad los lee según el parámetro hombre-mujer. De ese lugar, y del de las personas con quienes interactúen sexualmente, debe deducirse el nivel de aplicación de la discriminación sexual positiva. Este parámetro es insuficiente y no se adapta ni lejanamente a la complejidad de este colectivo. Pero creo que merece consideración como referencia central de partida.

2-La norma compensatoria debe generar un privilegio compensatorio de límite inteligible. La forma más eficaz de hacer inteligible ese límite es la asunción de la responsabilidad del privilegio compensatorio. Esto quiere decir que las mujeres deberán adoptar las normas compensatorias desde el reconocimiento de la compensación y desde la voluntad del uso igualitarista de esa compensación. Al incremento de poder debe acompañar el incremento del compromiso con el objetivo final de la igualdad.

3-La parte desfavorecida por la norma compensatoria, esto es, los hombres, debe comprometerse con ella más allá de relaciones e intereses individuales. Así, el compromiso no puede depender de la justicia con la que dicha norma se aplica en cada ocasión sino, como toda norma de conducta social, de la justicia de la norma y de su condición de código colectivamente adoptado. Los hombres debemos asumir que las injusticias cometidas sobre nosotros en nombre del privilegio compensatorio no invalidan la norma compensatoria. La norma compensatoria no nos expone a mayores injusticias en términos absolutos, sino que reparte la exposición a las injusticias entre hombres y mujeres.

4-La norma compensatoria solo puede ser una norma viva, en la que teoría y práctica se retroalimenten, y esto sin detrimento de su objetivación. La norma no será subjetiva, sino objetiva y explícita, pero no será inamovible, sino sujeta a debate y reformulación, pues debe generar un cambio de poder que requerirá de una nueva norma.

5-La norma compensatoria debe ser colectivamente consensuada mediante debate continuo, y socialmente exigida mediante el parámetro inclusión-exclusión.

Ahora mencionaré algunos de los ámbitos en los que entiendo que es preceptiva la aplicación de la discriminación sexual positiva, así como una visión, eso sí, muy superficial, de las necesidades y las medidas a adoptar.

Se deduce sin dificultad que todos los ámbitos en los que el sexo juega algún papel requieren una normativa de conducta social establecida desde la discriminación sexual positiva. Esto es así no solo porque el sistema patriarcal establece diferentes cuotas de poder para mujeres y hombres en todos sus ámbitos, sino porque el ámbito sexual tiene características específicas que lo hacen especialmente desigual y, a la vez, especialmente opaco en su desigualdad.

Estas características dimanan del hecho de que lo concerniente al sexo, como su nombre indica, es el núcleo simbólico de la diferencia heterosexual. Heterosexual quiere decir “sexo diferente” y es esa diferencia y todo lo que la rodea el cimiento sobre el que se erigen las restantes. Diferente sexo quiere decir también diferente práctica y sentido de lo sexual.
1-el ámbito del ligar, seducción, acercamiento o como se desee llamar. Se trata del espacio natural del acoso heterosexual. Más urgente que preservar ningún derecho a ligar es atajar dicho acoso. Apenas es concebible una forma de aproximación que no sea susceptible de constituir acoso porque las mujeres viven en una perpetua exposición al acercamiento con fines sexuales o sexosentimentales de modo que TODOS los espacios y TODAS las formas de acercamiento están ya contempladas por el mercado. No existe una forma buena de ligar, existe una forma de ligar que no se ha extendido lo suficiente como para ser incluida en la categoría de acoso. Según la propuesta tomada de antiseductor.com y analizada en el texto anterior, los papeles tradicionales deben ser invertidos

Los hombres debemos dejar de ligar, o ligar solo reactivamente. Las mujeres serán las que se apropien de la parte activa y de los privilegios que conlleva.

2-el ámbito del consentimiento. En él se entrecruzan de manera confusa el aspecto legal con el código de conducta. Dejaré el primero para otro texto. Con respecto al segundo solo decir que ni el consentimiento, ni el consentimiento entusiasta, ni la empatía son medidas de discriminación positiva y, por tanto, su aplicación sigue obviando que el consentimiento sexual no tiene el mismo significado para mujeres que para hombres.

La pregunta sobre la legitimidad de cada relación sexual debe quedar suspendida indefinidamente sobre la conciencia de ambos sujetos, pero tendrá que ir acompañada de una diferencia cualitativa de parte de los sujetos varones. Dado el componente simbólico que nuestra cultura otorga al sexo como acto de posesión en el que una mujer pasa a ser propiedad de un hombre, los hombres no tenemos legitimidad para despreocuparnos del consentimiento. No hay consentimiento posible, no hay empatía suficiente, no hay nada. Toda práctica sexual, dado que es dinámica y cambiante, debe realizarse desde la conciencia de la condición de amenaza potencial por parte del hombre y las precauciones continuas correspondientes.

Propongo el concepto de “consentimiento real”, esto es, hacer recaer sobre el hombre la responsabilidad de cerciorarse de que ese consentimiento es tal, sin que pueda excusarse por otra cosa que no sea la voluntad de engaño (sería la única excepción: un consentimiento dado con el fin de engañar). Cualquier situación en la que el consentimiento no sea válido conlleva una culpa del hombre por violación (en diverso grado). Esto no pone en peligro la agencia de las mujeres, ni la madurez, ni nada. Es el tipo de responsabilidad asimétrica que se establece en las relaciones comerciales y laborales, donde se supone que una de las partes tiene ventaja sobre la otra, así como más recursos para aprovecharse de ella, y que debe, por lo tanto, asumir una responsabilidad mayor a la hora de asegurar la justicia de la interacción.

3-el ámbito de las prácticas sexuales. El carácter simbólico arriba mencionado se traduce en prácticas que representan con mayor o menor claridad la posesión de las mujeres por parte de los hombres. Los hombres somos violadores pasivos. Todos. Porque en la medida en que tenemos relaciones sexuales en esta cultura sexual de dominación realizamos la dominación en cualquier relación sexual. Violamos por defecto. Cuando negamos ese hecho damos el primer paso para convertirnos en violadores activos. El primer paso. El primer grado.

No hay igualdad posible desde este reparto de las prácticas ni tampoco desde la supresión de dichas prácticas, dado que todo símbolo emanado de esta cultura sexual, por nimio que sea, es susceptible de convertirse en símbolo de posesión. Dicho en términos aritméticos, una cantidad menor nunca se iguala con una mayor si de la mayor solo pueden sustraerse fracciones de la diferencia. La única forma de igualar a estos dos sujetos de poder es invertir el sentido de la dominación. Por eso la simbología de la dominación debe cambiar de bando. Las relaciones sexuales deben, por defecto, simbolizar dominación por parte de las mujeres. Se entiende, por lo dicho más arriba, que esa dominación no debe usarse con fines de sometimiento, sino preventivos y compensatorios. El sexo “femenino” puede seguir siendo el sexo con afecto. El sexo “feminista” deberá ser el sexo con dominación de las mujeres hacia los hombres, y esta dominación no será un fetichismo, sino una dominación real.

4-el ámbito del capital erótico. “Disfrutar” del capital erótico es el privilegio parcial que se concede a las mujeres a cambio de un desfavorecimiento total. Las mujeres manejan el objeto de deseo sexual, pero a cambio pierden todos los demás. Sufren, además, acoso sobre este, bajo la excusa, precisamente, del privilegio: el uso del capital erótico es entendido como un abuso que legitima un abuso mayor.

Los hombres debemos renunciar a cuestionar el uso y abuso del capital erótico como herramienta para nuestro sometimiento (esto no es incompatible con que el feminismo denuncie sistemáticamente el uso del capital erótico como mercado de sometimiento de las mujeres y de establecimiento de competencia entre ellas).

Dado que, como hombres, tenemos privilegios sexuales, el uso del privilegio del capital erótico (cuando se usa exclusivamente contra nosotros) es legítimo. A cambio las mujeres tendrán que pasar de la conciencia personal del privilegio a la conciencia política del mismo, es decir, de que el capital erótico no debe ser usado en beneficio individual, sino de las mujeres como grupo.



6 comentarios:

Javier Pérez dijo...

Interesante planteamiento en los 4 ámbitos de relación. Invertir los papeles es un paso necesario pero no termino de entender cómo se traduce en el ámbito de lo real la dominación invertida si es simbólica. Además que condena a la negación de uno mismo especialmente si es voluntaria.

Anónimo dijo...

Yo iba a preguntar precisamente que como se traduce esto en la práctica.

Anónimo dijo...

Tarea: revisar la dialéctica del amo y el esclavo.

Israel dijo...

Necesitamos que una determinada comunidad, digamos, un cierto feminismo, establezca consenso social sobre ello a partir de la difusión y el debate.
Ese debate debería ir produciendo ideas cada vez más concretas cuya forma de aplicación fuera sencilla y obvia como, por ejemplo, la adquisición y potencial uso de simbología dominante por parte de las mujeres sobre los hombres en las prácticas sexuales. Ej: inversión del lugar donde mayoritariamente se encuentran las lenguas. Pasar de la cavidad bucal de las mujeres a la cavidad bucal de los hombres.

Anónimo dijo...

Discriminación sexual positiva: minimiza el trato con mujeres.

Israel dijo...

¿puedes desarrollarlo?