19 Mayo 2013, Domingo 13:47
Regla 1:
Lo normal es verse dos veces
por semana, una el fin de semana, más larga, y otra en día de diario. No hace
falta cumplirlo a rajatabla, pero si se produce defecto o exceso, hay que
procurar compensarlo.
Regla 2:
Los celos sólo estarán
justificados cuando se descubra algo verdaderamente sospechoso. Las tonterías
son siempre responsabilidad de la inseguridad del celoso.
Regla 3:
Todos los conflictos tienen
que poder resolverse por otro medio que no sea la pelea. Si uno pierde los
nervios, el otro no debe perderlos a su vez, sino que ignorará al enfadado y
esperará a que se calme.
Nota 1:
No valdrá verse de mala gana
o esperar siempre a que el otro lo proponga. Hay que alternar en la toma de la
iniciativa. La Regla
nº 1 no debe servir de excusa para presionar a quien en algún momento
determinado esté atravesando por un periodo de gran indisponibilidad. Ésta se
considerará causa de fuerza mayor, y la Regla deberá subordinarse a ella cuando dicha
fuerza amenace con consecuencias más graves que el quebrantamiento de la regla
(problemas de trabajo, salud de familiares, etc). Los problemas psicológicos,
en principio, no son causa de fuerza mayor.
Nota 2:
Con respecto a las personas
que ya nos han generado algún tipo de celos hay que ser un poco más paciente,
sin olvidar nunca que la responsabilidad sigue siendo del celoso. Lo normal
será que aún se produzcan algunos reproches relacionados con estas personas,
que el otro deberá entender como restos en proceso de adaptación a la Regla nº 2. Los reproches
nuevos relacionados con esas personas sí serán considerados quebrantamientos de
la Regla. Si
el reproche fuera exactamente el mismo y se cambiara la persona también se
consideraría quebrantamiento. Para distinguir qué cosas son causas legítimas de
celos se establecen como barrera los hechos que han resultado más conflictivos
hasta ahora, y que se consideran en el límite justo de la causa legítima y no
legítima.
Comentario:
Las discusiones que se
produzcan como consecuencia del inclumplimiento de las reglas deberán resolverse
siempre en contra del infractor, sin que se puedan buscar justificaciones, por
válidas que parezcan. Si las reglas no funcionan bien deberán ser cambiadas en
el momento que se decida para ello, pero no improvisar variaciones que puedan
ser esgrimidas durante el conflicto. Enfadarse por tener que cumplir las reglas
constituye una doble falta y, como tal, podría incluso llegar a justificar
enfado por la otra parte. Si, por causa mía, sólo hemos quedado una vez durante
la semana, y yo me resisto a quedar tres veces la semana siguiente, es posible
que el otro me lo reproche. Si me enfado por su reproche, el otro puede llegar
a enfadarse también, pero, en su caso, justificadamente. Yo no podré alegar que
el otro se ha saltado una regla y yo dos y que, por tanto, merece la mitad del
castigo que yo merezco, o yo sólo el doble. Esta excepción no se aplica a las
otras reglas. En el caso descrito, el que sólo ha infringido una no podrá, por
ejemplo, ponerse celoso para compensar. Si se pusiera celoso coincidiendo en el
tiempo con la descompensación expuesta se considerará que, en vez de conciliar,
está buscando compensación, como antes del establecimiento de las reglas, y su
falta será considerada también doble.
Aunque haya que ignorar a
quien se enfade, esto no significa que enfadarse sea aceptable y, menos, que
siempre se enfade el mismo. Abusar de la paciencia del otro ante los enfados
será considerado también falta doble.
Si quien ha quebrantado
alguna o varias Reglas persistiera en no asumir su culpa o no enmendar su
comportamiento, el otro esperará y conservará su posición de razón sea cual sea
el tiempo necesario.
historia de amor: desglose por indicadores. XXVII. gestión responsable del crédito
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